Los estatutos de una empresa


Los estatutos de una empresa son las reglas que han de regir el funcionamiento de la sociedad. Si se solicita, el notario autorizante de la escritura de constitución, podrá redactar los estatutos de la sociedad y prestará el asesoramiento necesario para que, en dichos estatutos, se configure la organización y funcionamiento de la sociedad en la forma que más convenga a tus intereses y necesidades.

Tener en cuenta que no todos los estatutos de las sociedades son iguales y que la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada permite establecer en los estatutos y en la escritura de constitución todos los pactos y condiciones que los socios juzguen convenientes establecer y que no se opongan a las leyes o a los principios configuradores de la sociedad, por lo que son muy numerosas las variaciones que en los estatutos pueden realizarse así, entre otros:

  • La ampliación o reducción de las limitaciones que la Ley establece a la libre transmisión de las participaciones sociales.

  • El establecimiento de participaciones que lleven anejas prestaciones accesorias.

  • La creación de diversas clases de participaciones, incluso con distintos derechos (privilegiadas, con o sin voto, etc), dentro de los límites legales.

  • La estructura del órgano de administración, el plazo del cargo de administrador, la exigencia de determinados requisitos para desempeñar dicho cargo, la existencia de administradores suplentes.

  • La organización del Consejo de Administración y la existencia en su seno de uno o varios Consejeros Delegados o de una Comisión Ejecutiva.

  • La retribución o no de los administradores.

  • El establecimiento de mayorías reforzadas para la adopción de determinados acuerdos.

  • La forma en que se deban convocar las Juntas de la Sociedad, así mediante anuncio en los periódicos, carta, etc.

  • La regulación del usufructo, prenda y embargo de las participaciones sociales.

  • La distribución de los dividendos, en forma no proporcional a la participación de los socios en el capital social.

  • El establecimiento de normas especiales para la disolución y liquidación de la sociedad, etc…

Por lo tanto en la elaboración de los estatutos de una sociedad es preciso tener en cuenta numerosas cuestiones y prever la forma de atender a situaciones que en el desarrollo de su actividad se le pueden presentar a la sociedad, de muchas de las cuales no se será consciente en el momento de crearla, por ello una adecuada redacción de los estatutos sociales puede evitar la aparición de problemas en la vida de la sociedad. El notario, por su formación y experiencia práctica, es el profesional del derecho más adecuado para dar respuesta a dichas situaciones, mediante la redacción de unos estatutos que se adapten a tus necesidades actuales y futuras.

No obstante, si se quiere acoger a los beneficios de plazo y arancel que se prevén para las sociedades “Express simplificadas”, se tendrán que sujetar estrictamente a los estatutos tipo aprobados por la Orden JUS/3185/2010, sin que se pueda modificar ningún pacto. Ahora bien, se podrá modificar el contenido de los estatutos posteriormente (lo cual supondrá un coste añadido).