¿Cómo crear una Sociedad Anónima?


¿Cómo crear una Sociedad Anónima?

La creación de una Sociedad Anónima en España requiere seguir una serie de pasos, que son los siguientes:

  1. Elección de la denominación social: la SA debe tener una denominación social única y distinta a la de otras empresas. Es necesario verificar la disponibilidad de la denominación elegida en el Registro Mercantil.
  2. Redacción de los estatutos sociales: los estatutos sociales son el conjunto de normas que rigen el funcionamiento de la sociedad. Deben contener una serie de cláusulas obligatorias, como la denominación social, el objeto social, el capital social, el número y valor nominal de las acciones, y la duración de la sociedad.
  3. Constitución de la sociedad: la constitución de la SA debe hacerse mediante escritura pública otorgada ante notario. En la escritura deben figurar los estatutos sociales y la identidad de los socios fundadores, así como el capital social suscrito y desembolsado.
  4. Inscripción en el Registro Mercantil: una vez otorgada la escritura de constitución, la SA debe ser inscrita en el Registro Mercantil correspondiente al lugar donde tenga su domicilio social.
  5. Obtención del Número de Identificación Fiscal (NIF): la SA debe obtener un NIF de la Agencia Tributaria.
  6. Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE): la SA debe darse de alta en el IAE en el epígrafe correspondiente a su actividad económica.
  7. Legalización de los libros contables: la SA debe legalizar los libros contables obligatorios ante el Registro Mercantil.
  8. Comunicación de inicio de actividad: la SA debe comunicar el inicio de su actividad económica a la Agencia Tributaria y a la Seguridad Social.

En resumen, la creación de una Sociedad Anónima requiere seguir una serie de pasos, que incluyen la elección de la denominación social, la redacción de los estatutos sociales, la constitución de la sociedad ante notario, la inscripción en el Registro Mercantil, la obtención del NIF, el alta en el IAE, la legalización de los libros contables y la comunicación del inicio de actividad a la Agencia Tributaria y a la Seguridad Social.